Qué hacer si el granizo dañó el auto
Qué hacer si el granizo te dañó el auto: en qué plazo avisar, qué tenés que hacer para limitar el daño y de qué depende que el seguro lo cubra.
¿Qué querés asegurar?
CotizadorEmpezá por acá, es muy simple.
Empezar mi cotizaciónSe abre en una ventana nueva.
Si el granizo dañó tu auto, tenés que avisar a tu aseguradora dentro de los tres días de conocer el siniestro, que es el hecho que causó el daño. Si no avisás en ese plazo, podés perder el derecho a que te indemnicen, salvo que acredites caso fortuito, fuerza mayor o imposibilidad de hecho sin culpa o negligencia. Las dos reglas están en la Ley 17.418, en sus artículos 46 y 47. Que el daño esté cubierto depende de lo que diga tu póliza, así que no hay una respuesta única para todos los casos. En general, la ley también te pide que, en la medida de tus posibilidades, hagas lo necesario para evitar o disminuir el daño, y que sigas las instrucciones de la aseguradora. Acá vas a ver cada paso y qué mirar en tu póliza antes de avisar.
Qué revisar en el auto cuando el granizo ya pasó
Cuando el granizo ya pasó, lo primero es revisar el auto con calma y anotar qué partes tienen daños visibles: techo, capó, baúl, vidrios, espejos y luces. Conviene hacerlo con buena luz y sacar fotos de cada zona, así después podés describir el daño con precisión. Eso no reemplaza lo que pida la aseguradora, pero te ayuda a no olvidar nada.
Si el auto tiene que seguir en la calle, mirá si podés evitar que el daño crezca. Por ejemplo, cubrir un vidrio roto o tapar una parte expuesta. Eso es lo que pide el artículo 72 de la ley: hacer lo necesario, en la medida de tus posibilidades, para evitar o disminuir el daño.
Cómo avisar a la aseguradora dentro del plazo
El plazo es de tres días desde que conocés el siniestro, según el artículo 46 de la Ley 17.418. Siniestro es el hecho que causó el daño, en este caso el granizo. Ese plazo corre desde que sabés que tu auto fue dañado por la tormenta, así que no lo dejes para más adelante.
Avisar a tiempo es una carga que la ley le pone al tomador, es decir, a quien contrató el seguro. Si no avisás dentro del plazo, el artículo 47 dice que perdés el derecho a ser indemnizado, salvo que acredites caso fortuito, fuerza mayor o imposibilidad de hecho sin culpa o negligencia. Por eso conviene dejar anotada la fecha en que avisaste.
Qué te pide la ley después del aviso
El artículo 72 de la misma ley dice que el asegurado está obligado a proveer lo necesario, en la medida de las posibilidades, para evitar o disminuir el daño. También tiene que observar las instrucciones del asegurador. Asegurado es la persona cuyo auto está protegido por la póliza.
Si la aseguradora te indica qué hacer con el vehículo, seguí esas indicaciones. Si tenés dudas sobre un arreglo, preguntale a la aseguradora antes de decidir. Guardá por escrito lo que te diga, así sabés después qué se te pidió.
Cómo saber si tu póliza cubre el granizo
En general, la cobertura de un auto depende de lo que tengas contratado, y no todas las pólizas incluyen los mismos riesgos. Buscá en tu póliza la parte de coberturas y fijate si menciona daños por granizo o por fenómenos naturales. Si no queda claro, consultalo con la aseguradora antes de dar por cubierto el daño.
También revisá la franquicia, que es la parte del daño que queda a tu cargo según lo que diga la póliza. Esa condición cambia de un contrato a otro, así que no la des por sentada. Con la cobertura y la franquicia a la vista, tenés una base para entender tu caso.
Si querés ver más opciones, probá el multicotizador online multicotizadorseguros.com.
Para ver cuánto cuesta asegurar tu auto según el modelo y el año, está Seguro de Auto (segurodeauto.ar).
Lo que dice la ley
“El tomador, o derechohabiente en su caso, comunicará al asegurador el acaecimiento del siniestro dentro de los tres días de conocerlo.”
Ley 17.418 de Seguros, art. 46.
“El asegurado pierde el derecho a ser indemnizado, en el supuesto de incumplimiento de la carga prevista en el párrafo 1º del artículo 46, salvo que acredite caso fortuito, fuerza mayor o imposibilidad de hecho sin culpa o negligencia.”
Ley 17.418 de Seguros, art. 47.
“El asegurado está obligado a proveer lo necesario, en la medida de las posibilidades, para evitar o disminuir el daño y a observar las instrucciones del asegurador.”
Ley 17.418 de Seguros, art. 72.
Textos citados de la fuente oficial, verificados el 28 de octubre de 2026.
Preguntas frecuentes
¿Cuántos días tengo para avisar si el granizo dañó mi auto?
Según el artículo 46 de la Ley 17.418, tenés que comunicar el siniestro a la aseguradora dentro de los tres días de conocerlo. El plazo cuenta desde que sabés que el granizo causó el daño. Si tenés dudas sobre desde cuándo corre, consultalo con la aseguradora cuanto antes.
¿Qué pasa si aviso después de los tres días?
El artículo 47 dice que, si incumplís esa carga, perdés el derecho a ser indemnizado. La excepción aplica solo si acreditás caso fortuito, fuerza mayor o imposibilidad de hecho sin culpa o negligencia de tu parte. Si estás en esa situación, conviene hablarlo con la aseguradora lo antes posible.
¿El seguro me cubre el daño por granizo en cualquier caso?
No hay una respuesta general, porque depende de lo que diga tu póliza. En general, la cobertura de un auto se define por lo contratado, así que fijate si la póliza menciona el granizo o los fenómenos naturales. Si no lo dice con claridad, preguntale a la aseguradora.
¿Tengo que arreglar el auto antes de avisar?
El artículo 72 te pide que hagas lo necesario para evitar o disminuir el daño, en la medida de tus posibilidades, y que sigas las instrucciones de la aseguradora. Ese artículo es distinto del plazo de tres días, que viene del artículo 46. Si tenés dudas sobre si conviene arreglar algo antes de que la aseguradora lo vea, preguntale primero.
¿Qué tengo que demostrar si no pude avisar a tiempo?
Según el artículo 47, la excepción requiere que acredites caso fortuito, fuerza mayor o imposibilidad de hecho sin culpa o negligencia. Eso significa que te toca a vos probar esa situación. Los artículos citados no enumeran qué pruebas sirven, así que conviene consultar tu caso concreto con la aseguradora.
¿Qué es la franquicia y cómo se relaciona con el granizo?
La franquicia es la parte del daño que queda a tu cargo según lo que diga tu póliza. Si tu póliza cubre el granizo, la franquicia se aplica según las condiciones del contrato. Su monto cambia de un contrato a otro, así que el dato está en el texto de tu póliza.