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Qué hacer si hay lesionados en un choque con la moto

Qué hacer si hay lesionados en un choque con la moto: quién paga el sanatorio, en qué plazo denunciar y qué pasa si te reclaman, según la Ley de Seguros.

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Lo primero es pedir atención médica para quien esté lesionado, sea vos o la otra persona. Después, si el choque te puede generar responsabilidad, la Ley de Seguros (17.418, artículo 115) te pide denunciar el hecho dentro de los tres días de producido, si lo conocías o debías conocerlo. Ese plazo corre desde que pasa el choque, así que conviene no dejarlo para después. Esta guía repasa qué dice cada norma, qué parte le toca al seguro y qué conviene tener a mano en el momento. Cuando algo depende de tu póliza, lo señalamos para que lo revises ahí. No reemplaza la consulta con un abogado si ya hay un reclamo. Las citas son los artículos tal como están redactados, para que veas qué dice cada uno y qué no dice.

Primero, la atención de los heridos

Si hay alguien lesionado, lo urgente es que reciba atención médica, y eso va antes que cualquier trámite. Si el herido sos vos, pedí que te revise un médico aunque sientas que es poco. Si es otra persona, ayudá a que llegue a la atención que necesita y anotá sus datos básicos.

Cuando el lesionado es un tercero, o sea alguien ajeno a tu moto, como el conductor del otro vehículo o un peatón, entrá en juego el artículo 68 de la Ley de Tránsito 24.449. Según esa norma, los gastos de sanatorio o velatorio de terceros los abona de inmediato el asegurador, sin perjuicio de los derechos que se pueden hacer valer después. Fijate en tu póliza cómo se aplica eso en tu caso.

Cuántos días tenés para denunciar el choque

El artículo 115 de la Ley de Seguros 17.418 dice que el asegurado debe denunciar el hecho del que nace su eventual responsabilidad dentro de los tres días de producido, si lo conocía o debía conocerlo. El asegurado es la persona que tiene el seguro, así que si sos vos quien lo tiene, el plazo es para vos.

Si antes no lo conocías, el plazo cambia: la misma norma dice que se cuenta desde la reclamación del tercero. El artículo habla de denunciar el hecho, pero no indica por qué canal ni con qué formalidades. Eso lo vas a encontrar en tu póliza, así que revisala cuanto antes para saber cómo hacerlo dentro del plazo.

Si el lesionado te reclama en la justicia

Si la persona lesionada decide hacer valer su derecho en un juicio, la ley agrega un paso. El mismo artículo 115 dice que el asegurado dará noticia inmediata al asegurador cuando el tercero haga valer judicialmente su derecho. En palabras simples, eso pasa cuando el reclamo se presenta en la justicia.

Eso te obliga a actuar rápido. Anotá la fecha en que te enterás del juicio, porque el aviso corre desde el momento en que el tercero hace valer su derecho en la justicia. Si ya recibiste una demanda, llevala a un abogado de confianza para que te explique cómo sigue el trámite en tu caso.

Qué anotar en el momento y qué revisar en tu póliza

En el lugar del choque conviene anotar la fecha, la hora y el lugar, y los datos de las personas lesionadas y de los vehículos que intervinieron. Esa información te sirve después para la denuncia, que la ley fija en tres días. Si tenés fotos del lugar o de las motos, guardalas con la fecha en el celular.

Muchas cosas dependen de tu póliza. En general, el contrato define qué cubre el seguro para tus propias lesiones, para tu moto y para los reclamos de terceros, y en qué condiciones. Fijate en tu póliza cuáles son esas condiciones y qué pasos pide para denunciar un siniestro, es decir, el nombre que se le da a un hecho como el choque.

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Lo que dice la ley

  • “Los gastos de sanatorio o velatorio de terceros, serán abonados de inmediato por el asegurador, sin perjuicio de los derechos que se pueden hacer valer luego.”

    Ley 24.449 de Tránsito, art. 68.

  • “El asegurado debe denunciar el hecho del que nace su eventual responsabilidad en el término de tres días de producido, si es conocido por él o debía conocerlo; o desde la reclamación del tercero, si antes no lo conocía.”

    Ley 17.418 de Seguros, art. 115.

  • “Dará noticia inmediata al asegurador cuando el tercero haga valer judicialmente su derecho.”

    Ley 17.418 de Seguros, art. 115.

Textos citados de la fuente oficial, verificados el 28 de octubre de 2026.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que avisar al seguro si el lesionado es el otro conductor?

Si el choque te puede generar responsabilidad, sí. El artículo 115 de la Ley de Seguros 17.418 pide denunciar el hecho dentro de los tres días de producido, si lo conocías o debías conocerlo. La forma de hacerlo y a quién se lo informás están en tu póliza.

¿Quién paga el sanatorio de la persona que se lastimó en mi choque con la moto?

Según el artículo 68 de la Ley de Tránsito 24.449, los gastos de sanatorio o velatorio de terceros los abona de inmediato el asegurador. La misma norma aclara que eso es sin perjuicio de los derechos que se pueden hacer valer después. Fijate en tu póliza cómo se aplica en tu caso.

¿Cuántos días tengo para denunciar el choque?

Según el artículo 115 de la Ley 17.418, el plazo es de tres días de producido el hecho, si lo conocías o debías conocerlo. Si antes no lo conocías, el plazo se cuenta desde la reclamación del tercero. El artículo no indica el canal para hacerlo, así que revisalo en tu póliza.

¿Qué tengo que hacer si la otra persona me lleva a juicio?

El artículo 115 dice que el asegurado dará noticia inmediata al asegurador cuando el tercero haga valer judicialmente su derecho. En la práctica, eso significa avisar en cuanto sepas que el reclamo llegó a la justicia. Llevá la demanda a un abogado de confianza para que te explique los pasos siguientes en tu caso.

¿Mi seguro cubre mis propias lesiones si me caigo con la moto?

No hay una respuesta única, porque lo define cada póliza. En general, el contrato indica si cubre lesiones del asegurado y en qué condiciones. Fijate en tu póliza qué dice sobre tus lesiones y sobre tu moto, y consultá con tu aseguradora si algo no queda claro.

¿Qué datos conviene anotar en el lugar del choque?

Conviene anotar la fecha, la hora y el lugar, y los datos de las personas lesionadas y de los vehículos que intervinieron. Si tenés fotos, guardalas con la fecha. Esa información te sirve después para denunciar el hecho dentro del plazo de tres días que fija el artículo 115.