Compará antes de elegir

Mi Seguro Onlinemi seguro.online

Denuncia de siniestro: plazo, datos y qué pasa si avisás tarde

Cuándo y cómo hacer la denuncia de siniestro ante tu seguro: el plazo de tres días, qué información te pueden pedir y qué pasa si avisás tarde.

¿Qué querés asegurar?

Cotizador

Empezá por acá, es muy simple.

Empezar mi cotización

Se abre en una ventana nueva.

Si avisás un siniestro después de los tres días de conocerlo, la Ley 17.418 dice que perdés el derecho a ser indemnizado. La pérdida no se aplica si acreditás caso fortuito, fuerza mayor o imposibilidad de hecho sin culpa ni negligencia tuya. Un siniestro es el hecho que activa el seguro, como un choque o un robo, si tu póliza lo cubre. Esta página explica qué dice el artículo 46 sobre ese plazo, qué información te puede pedir el asegurador y cómo funciona la pérdida del derecho que fija el artículo 47. Citamos la ley tal como está escrita, sin plazos ni trámites que no figuren en el texto. Lo que depende de tu contrato, en cambio, se mira en tu póliza. Si tenés un siniestro en curso, empezá por ubicar la fecha en que lo conociste.

Cuántos días tenés para avisar el siniestro

El artículo 46 de la Ley 17.418 dice que el tomador, es decir quien contrató el seguro, o su derechohabiente en su caso, debe comunicar al asegurador el siniestro dentro de los tres días de conocerlo. El derechohabiente es quien recibe los derechos del tomador, por ejemplo un heredero.

Lo que marca el artículo es el momento en que conocés el siniestro. Por eso conviene anotar ese día desde el principio, aunque todavía no sepas cómo sigue el caso. Antes de seguir, fijate en tu póliza qué hechos considera siniestro.

Qué información te puede pedir el asegurador después de avisar

El mismo artículo 46 obliga al asegurado, es decir la persona cubierta por el seguro, a dar la información necesaria para verificar el siniestro o la extensión de la prestación a su cargo. Eso significa que el asegurador puede pedirte datos sobre lo que pasó y sobre lo que le corresponde pagar.

Además, tenés que permitirle las indagaciones necesarias para ese fin, así que no conviene ignorar sus pedidos. Qué documentación te va a pedir depende del tipo de siniestro y de tu póliza. En general, fijate en tu póliza qué datos contempla antes de que te los pidan.

Qué pasa si avisás después de los tres días

El artículo 47 dice que el asegurado pierde el derecho a ser indemnizado si incumple la carga del primer párrafo del artículo 46, que es avisar dentro de los tres días. Una carga es una obligación que la ley impone al asegurado para conservar su derecho. La consecuencia que fija el artículo es esa pérdida.

El mismo artículo deja una salida: la pérdida no se aplica si acreditás caso fortuito, fuerza mayor o imposibilidad de hecho sin culpa ni negligencia tuya. En general, el caso fortuito y la fuerza mayor son situaciones externas que no podías prever ni evitar. La imposibilidad de hecho es cuando, por una razón material, no podías avisar, sin que haya culpa tuya.

Qué mirar en tu póliza antes de que pase algo

La ley fija el plazo de tres días y la obligación de dar información. La póliza, en cambio, muestra cómo se aplica eso en tu caso. En general, describí qué hechos se consideran siniestro, cómo se comunica y qué documentación se pide.

Fijate en tu póliza qué dice sobre el aviso del siniestro y si detalla algún otro plazo o medio para comunicarlo. Si algo de lo que dice tu contrato no coincide con la ley, no hay una respuesta general que sirva para todos los contratos. Conviene consultarlo con un abogado que revise tu caso.

Con el multicotizador online multicotizadorseguros.com podés comparar varias aseguradoras a la vez.

Seguro de Auto (segurodeauto.ar) tiene el precio del seguro de cada modelo de auto, año por año.

El precio del seguro de moto por modelo, cilindrada y provincia está en Seguro de Motos (misegurodemoto.ar).

Lo que dice la ley

  • “El tomador, o derechohabiente en su caso, comunicará al asegurador el acaecimiento del siniestro dentro de los tres días de conocerlo.”

    Ley 17.418 de Seguros, art. 46.

  • “El asegurado pierde el derecho a ser indemnizado, en el supuesto de incumplimiento de la carga prevista en el párrafo 1º del artículo 46, salvo que acredite caso fortuito, fuerza mayor o imposibilidad de hecho sin culpa o negligencia.”

    Ley 17.418 de Seguros, art. 47.

  • “Además, el asegurado está obligado a suministrar al asegurador, a su pedido, la información necesaria para verificar el siniestro o la extensión de la prestación a su cargo y a permitirle las indagaciones necesarias a tal fin.”

    Ley 17.418 de Seguros, art. 46.

Textos citados de la fuente oficial, verificados el 28 de octubre de 2026.

Preguntas frecuentes

¿Desde cuándo empiezo a contar los tres días?

Según el artículo 46, el plazo se cuenta desde que conocés el siniestro. Por eso conviene anotar la fecha en que supiste de lo ocurrido. Si no tenés claro ese día, consultalo con un abogado antes de tomar decisiones.

¿Qué pasa si avisé el siniestro después de los tres días?

El artículo 47 dice que perdés el derecho a ser indemnizado si incumplís esa carga, salvo que acredites caso fortuito, fuerza mayor o imposibilidad de hecho sin culpa ni negligencia. Por eso conviene revisar tu caso concreto con la ley a la vista.

¿Qué es caso fortuito o fuerza mayor?

En general, son situaciones externas que no podías prever ni evitar. La ley las menciona como excepción a la pérdida del derecho del artículo 47. Que se puedan acreditar en tu caso depende de los hechos concretos.

¿Quién puede avisar el siniestro si yo no puedo hacerlo?

El artículo 46 dice que la comunicación la hace el tomador o, en su caso, su derechohabiente. El derechohabiente es quien recibe los derechos del tomador, por ejemplo un heredero. El texto menciona el mismo plazo de tres días para ambos.

¿Qué información me puede pedir el asegurador?

El artículo 46 dice que tenés que dar la información necesaria para verificar el siniestro o la extensión de la prestación a cargo del asegurador. También tenés que permitir las indagaciones necesarias. Lo concreto depende de tu caso y de tu póliza, así que fijate en tu póliza qué prevé.

¿Dónde puedo ver qué dice mi póliza sobre el aviso?

En general, el contrato describe qué es un siniestro y cómo se comunica. Fijate en tu póliza las definiciones y los plazos que menciona. Si no los encontrás, pedí una copia completa para revisarla con calma.