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Patente, VTV y seguro del auto y la moto en CABA

Con 112.884 autos patentados en 2025 y 19.971 motos en 2025, CABA tiene el 18,36% de los autos nuevos del país. La patente tiene una alícuota del 1,6% al 4% de la valuación fiscal.

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Autos patentados en 2025
112.884
el 18,36% del país
Motos patentadas en 2025
19.971
inscripciones iniciales
Patente
1,6% al 4%
de la valuación fiscal

La patente en CABA

En CABA, la patente (el impuesto automotor) tiene una alícuota del 1,6% al 4%, con una escala progresiva según la valuación, para el año fiscal 2026.

Se calcula sobre la valuación fiscal del vehículo: mirá cuánto vale tu auto o cuánto vale tu moto para la DNRPA.

Fuente: perfil.com, actualizado el 17 de junio de 2026.

La VTV

La VTV (o RTO, la revisión técnica) es obligatoria en CABA, como en todo el país. Su costo cambia según el tipo de vehículo y se actualiza varias veces por año, así que no lo publicamos: lo confirmás en la planta verificadora.

El seguro obligatorio

En CABA, como en todo el país, para circular con auto o moto necesitás el seguro de responsabilidad civil y llevar el comprobante. Te contamos qué cubre y qué pasa si no lo tenés:

Los autos más patentados en CABA

Fuente: DNRPA, inscripciones iniciales del 2 de enero de 2025 al 30 de diciembre de 2025. Los modelos con link tienen su valuación.

Las motos, año por año

AñoMotos patentadas
202519.971
202417.482
202321.946
202219.226
202118.971

Fuente: DNRPA, inscripciones iniciales de motovehículos, años completos.

Si tenés un siniestro

Si querés ver más opciones, probá el multicotizador online multicotizadorseguros.com.

El precio del seguro de auto por modelo y año está en Seguro de Auto (segurodeauto.ar).

Cuánto cuesta asegurar una moto en CABA lo tiene Seguro de Motos (segurodemotos.ar).

Lo que dice la ley

  • “Todo automotor, acoplado o semiacoplado debe estar cubierto por seguro, de acuerdo a las condiciones que fije la autoridad en materia aseguradora, que cubra eventuales daños causados a terceros, transportados o no.”

    Ley 24.449 de Tránsito, art. 68.

  • “Que lleve el comprobante de seguro, en vigencia, que refiere el artículo 68, el cual podrá ser exhibido en formato papel impreso o digital a través de dispositivos electrónicos.”

    Ley 24.449 de Tránsito, art. 40, inciso c.

Textos citados de la fuente oficial, verificados el 28 de octubre de 2026.