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Patente, VTV y seguro del auto y la moto en Corrientes

Con 13.248 autos patentados en 2025 y 23.150 motos en 2025, Corrientes tiene el 2,15% de los autos nuevos del país.

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Autos patentados en 2025
13.248
el 2,15% del país
Motos patentadas en 2025
23.150
inscripciones iniciales
Patente
Ley Impositiva
de la valuación fiscal

La patente en Corrientes

En Corrientes, la patente (el impuesto automotor) la fija la Ley Impositiva 2026 de la provincia. Las fuentes que consultamos no coinciden en la alícuota, así que no publicamos una cifra hasta confirmarla.

Se calcula sobre la valuación fiscal del vehículo: mirá cuánto vale tu auto o cuánto vale tu moto para la DNRPA.

La VTV

La VTV (o RTO, la revisión técnica) es obligatoria en Corrientes, como en todo el país. Su costo cambia según el tipo de vehículo y se actualiza varias veces por año, así que no lo publicamos: lo confirmás en la planta verificadora.

El seguro obligatorio

En Corrientes, como en todo el país, para circular con auto o moto necesitás el seguro de responsabilidad civil y llevar el comprobante. Te contamos qué cubre y qué pasa si no lo tenés:

Qué autos se patentan más en Corrientes

Fuente: DNRPA, inscripciones iniciales del 2 de enero de 2025 al 30 de diciembre de 2025. Los modelos con link tienen su valuación.

Cuántas motos se patentan en Corrientes

AñoMotos patentadas
202523.150
202416.827
202314.929
202214.611
202114.347

Fuente: DNRPA, inscripciones iniciales de motovehículos, años completos.

Si tenés un siniestro

Con multicotizadorseguros.com (un multicotizador online) podés comparar varias aseguradoras a la vez.

El precio del seguro de auto por modelo y año está en Seguro de Auto (segurodeauto.ar).

Cuánto cuesta asegurar una moto en Corrientes lo tiene Seguro de Motos (segurodemotos.ar).

Lo que dice la ley

  • “Todo automotor, acoplado o semiacoplado debe estar cubierto por seguro, de acuerdo a las condiciones que fije la autoridad en materia aseguradora, que cubra eventuales daños causados a terceros, transportados o no.”

    Ley 24.449 de Tránsito, art. 68.

  • “Que lleve el comprobante de seguro, en vigencia, que refiere el artículo 68, el cual podrá ser exhibido en formato papel impreso o digital a través de dispositivos electrónicos.”

    Ley 24.449 de Tránsito, art. 40, inciso c.

Textos citados de la fuente oficial, verificados el 28 de octubre de 2026.