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Patente, VTV y seguro del auto y la moto en Chubut

Con 12.597 autos patentados en 2025 y 4.330 motos en 2025, Chubut tiene el 2,05% de los autos nuevos del país.

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Autos patentados en 2025
12.597
el 2,05% del país
Motos patentadas en 2025
4.330
inscripciones iniciales
Patente
Ley Impositiva
de la valuación fiscal

La patente en Chubut

En Chubut, la patente (el impuesto automotor) la fija la Ley Impositiva 2026 de la provincia. Las fuentes que consultamos no coinciden en la alícuota, así que no publicamos una cifra hasta confirmarla.

Se calcula sobre la valuación fiscal del vehículo: mirá cuánto vale tu auto o cuánto vale tu moto para la DNRPA.

La VTV

La VTV (o RTO, la revisión técnica) es obligatoria en Chubut, como en todo el país. Su costo cambia según el tipo de vehículo y se actualiza varias veces por año, así que no lo publicamos: lo confirmás en la planta verificadora.

El seguro obligatorio

En Chubut, como en todo el país, para circular con auto o moto necesitás el seguro de responsabilidad civil y llevar el comprobante. Te contamos qué cubre y qué pasa si no lo tenés:

Los 0 km más elegidos en Chubut

Fuente: DNRPA, inscripciones iniciales del 2 de enero de 2025 al 30 de diciembre de 2025. Los modelos con link tienen su valuación.

Las motos, año por año

AñoMotos patentadas
20254.330
20243.622
20233.317
20222.674
20212.425

Fuente: DNRPA, inscripciones iniciales de motovehículos, años completos.

Si tenés un siniestro

Si querés ver más opciones, probá el multicotizador online multicotizadorseguros.com.

Para ver cuánto cuesta asegurar tu auto según el modelo y el año, está Seguro de Auto (segurodeauto.ar).

El precio del seguro de moto por modelo, cilindrada y provincia está en Seguro de Motos (segurodemotos.ar).

Lo que dice la ley

  • “Todo automotor, acoplado o semiacoplado debe estar cubierto por seguro, de acuerdo a las condiciones que fije la autoridad en materia aseguradora, que cubra eventuales daños causados a terceros, transportados o no.”

    Ley 24.449 de Tránsito, art. 68.

  • “Que lleve el comprobante de seguro, en vigencia, que refiere el artículo 68, el cual podrá ser exhibido en formato papel impreso o digital a través de dispositivos electrónicos.”

    Ley 24.449 de Tránsito, art. 40, inciso c.

Textos citados de la fuente oficial, verificados el 28 de octubre de 2026.