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Patente, VTV y seguro del auto y la moto en Tucumán

Tucumán sumó 16.358 autos patentados en 2025 (el 2,66% del país) y 31.544 motos en 2025. La patente tiene una alícuota del 2% de la valuación fiscal.

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Autos patentados en 2025
16.358
el 2,66% del país
Motos patentadas en 2025
31.544
inscripciones iniciales
Patente
2%
de la valuación fiscal

La patente en Tucumán

En Tucumán, la patente (el impuesto automotor) tiene una alícuota del 2%, con una tasa fija, para el año fiscal 2026.

Se calcula sobre la valuación fiscal del vehículo: mirá cuánto vale tu auto o cuánto vale tu moto para la DNRPA.

Fuente: lagaceta.com.ar, actualizado el 17 de junio de 2026.

La VTV

La VTV (o RTO, la revisión técnica) es obligatoria en Tucumán, como en todo el país. Su costo cambia según el tipo de vehículo y se actualiza varias veces por año, así que no lo publicamos: lo confirmás en la planta verificadora.

El seguro obligatorio

En Tucumán, como en todo el país, para circular con auto o moto necesitás el seguro de responsabilidad civil y llevar el comprobante. Te contamos qué cubre y qué pasa si no lo tenés:

Qué autos se patentan más en Tucumán

Fuente: DNRPA, inscripciones iniciales del 2 de enero de 2025 al 30 de diciembre de 2025. Los modelos con link tienen su valuación.

Las motos, año por año

AñoMotos patentadas
202531.544
202424.096
202322.905
202220.136
202118.609

Fuente: DNRPA, inscripciones iniciales de motovehículos, años completos.

Si tenés un siniestro

Si querés ver más opciones, probá Multicotizador (multicotizadorseguros.com, un multicotizador online).

El precio del seguro de auto por modelo y año está en Seguro de Auto (segurodeauto.ar).

Cuánto cuesta asegurar una moto en Tucumán lo tiene Seguro de Motos (segurodemotos.ar).

Lo que dice la ley

  • “Todo automotor, acoplado o semiacoplado debe estar cubierto por seguro, de acuerdo a las condiciones que fije la autoridad en materia aseguradora, que cubra eventuales daños causados a terceros, transportados o no.”

    Ley 24.449 de Tránsito, art. 68.

  • “Que lleve el comprobante de seguro, en vigencia, que refiere el artículo 68, el cual podrá ser exhibido en formato papel impreso o digital a través de dispositivos electrónicos.”

    Ley 24.449 de Tránsito, art. 40, inciso c.

Textos citados de la fuente oficial, verificados el 28 de octubre de 2026.